DECLARA IMPROCEDENTE la pretensión del abogado Elmer Gregory Díaz Ramírez, de cobro de honorarios profesionales estimados en moneda extranjera en contra de los ciudadanos Libia Consuelo Porras Tarazona, Natacha Valentina Márquez Porras, Juan de Dios Márquez Porras y Juan Manuel Márquez Porras, por las actuaciones judiciales cumplidas en el juicio por partición y liquidación de la comunidad hereditaria, que cursó ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial en el expediente N° 23.170 de la nomenclatura interna de dicho Juzgado