acuerda OTORGAR al ciudadano; MARIN FIGUERA ELIEZER JOSE, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-16.117.429 respectivamente, la Medida Cautelar Sustitutiva Menos Gravosa, de conformidad con el Articulo 256 ordinal 3 y 8° del Código Orgánico Procesal Penal vigente, que consiste en la presentación de Dos (02) fiadores que acrediten tener 40 Unidades Tributarias en su conjunto y una Vez satisfecha dicha fianza deberá presentarse cada 30 días por ante este Tribunal, asimismo, ordena tramitar la presente causa por las pautas del Procedimiento Ordinario establecido en el artículo 373 de la Ley Penal Adjetiva, por lo que las presentes actuaciones serán remitidas a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público, en su oportunidad legal.