PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN DE HERENCIA interpuesta por la ciudadana NELLY ELIZABETH ZAMBRANO ARAQUE, en contra del ciudadano FÉLIX ANTONIO ZAMBRANO ARAQUE, suficientemente identificados, y en consecuencia se ordena la partición del patrimonio que conforma la comunidad hereditaria que se indica a continuación, en la proporción del ochenta y tres coma treinta y dos por ciento (82%) (83.32%) para la ciudadana NELLY ELIZABETH ZAMBRANO ARAQUE y el dieciséis coma sesenta y seis por ciento (16,66%), para el ciudadano FÉLIX ANTONIO ZAMBRANO ARAQUE.
SEGUNDO: SIN LUGAR LA RECONVENCION
TERCERO: Se condena en costas al ciudadano FÉLIX ANTONIO ZAMBRANO ARAQUE, de conformidad con el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencido.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
NOTIFIQUESE A LAS PARTES