Por las anteriores razones y consideraciones, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara CON LUGAR la solicitud de aumento de la Obligación de manutención presentada por la ciudadana: MATILDE LUNA PARADA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V.-16.070.731, para sus hijas: L.Y.Z.L., y K.A.Z.L., (identidad omitida de conformidad con la sentencia Nro. 13 – 0318, de fecha 12 de noviembre de 2014, por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia), y decide:
PRIMERO: Se establece como nuevo monto de la Obligación De manutención la cantidad de TRES MIL BOLÍVARES (Bs. 3.000.00) mensuales.
SEGUNDO: el doble para los meses de Agosto y Diciembre de cada año, para cubrir gastos útiles y uniformes escolares y gastos de fin de año.
TERCERO: Los gastos médicos deberán ser cubiertos por.....