TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY:
PRIMERO: CONDENA al acusado HERNAN POMPILIO MOLINA CHACON, quien es de nacionalidad venezolana, natural de Táriba, Estado Táchira, titular de la cédula de identidad N° V-14.708.945, de 25 años de edad, nacido en fecha 12 de noviembre de 1981, soltero, de profesión u oficio estudiante de contaduría, hijo de María Clementina Chacón Contreras (v) y Hernán Pompilio Molina Moreno (v) y residenciado en la carrera 2, casa N° 3-28, Sector Coconito, Táriba, Estado Táchira, por los delitos VIOLACION A LA PRIVACIDAD DE LA DATA O INFORMACION DE CARÁCTER PERSONAL, previsto y sancionado en el artículo 20 de la Ley Contra Delitos Informáticos, OBTENCION INDEBIDA DE BIENES O SERVICIOS, previsto y sancionado en el artículo 15 ejusdem, EXPLOTACION SEXUAL, previsto y sancionado en el artículo 258.....