Este Juzgador del estudio de las actas procesales y por cuanto se evidencia que la demandante solicita una cuota de obligación de manutención para sufragar gastos mensuales de su hijo, tal y como se desprende de la diligencia de fecha 20 de julio de 2016 ante este Tribunal; en consecuencia este juzgador, considera que existen suficientes elementos probatorios de los cuales se desprenden que el obligado, ciudadano: Loaiza Pinto Yoel Enrrique, percibe recursos económicos para responder con una obligación de manutención para su hijo