SE DECLARA PROCEDENTE el pedimento formulado por la ciudadana MARIA MARGOT CARDENAS, ya identificada y revisada como ha sido la documentación presentada considera que el nombre correcto de la solicitante es " MARIA MARGOT" y no como aparece erróneamente " MARGOT DEL CARMEN". Y ASI SE DECIDE. En consecuencia ofíciese a la Alcaldía del Municipio Lobatera y al Registro Principal del Estado Táchira, a fin de que sea estampada la correspondiente nota marginal al Acta de Matrimonio N° 25 de fecha 16 de Octubre de 19511 perteneciente a los ciudadanos JOSE ROBINSON HUSTADO y MARGOT DEL CARMEN CARDENAS