PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda de DESALOJO interpuesta por la ciudadana ELIA BLANCO DURAN, asistida por el abogado JESÚS MARÍA COLMENARES VALERO, en contra de la ciudadana MARIA ESTHER MORALES ORTIZ, ambas suficientemente identificadas en el presente fallo.
SEGUNDO: Se le ORDENA a la ciudadana MARIA ESTHER MORALES ORTIZ, desalojar y entregar a la ciudadana ELIA BLANCO DURAN, el inmueble dado en arrendamiento, consistente en una casa para habitación, ubicado en la calle 11, número G-93, Puente Real, Sector la Ermita, Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, libre de personas y cosas.
TERCERO: se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en esta instancia.
QUEDA ASÍ CONFIRMADA LA DECISIÓN APELADA.
Publíquese, regístrese y notifíquese, déjese copia para el archivo del Tribunal.
Bajase el expediente al Tribunal de la causa en la oportunidad respectiva.