El Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Bancario y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SE DECLARÓ INCOMPETENTE PARA CONOCECER LA APELACIÓN interpuesta por el abogado Nelson Ramón Grimaldo actuando como apoderado del ciudadano Renato José Laporta Rodríguez, parte demandada en la presente causa, contra el auto de admisión de fecha Veintiséis (26) de Abril de 2006, emitido por el Juzgado Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de esta Circunscripción Judicial, DECLINA LA COMPETENCIA en el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.De conformidad con el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, si no se solicita la regulación de competencia en el término allí establecido, remítase el expedie.....