PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta el día 23 de noviembre de 2011 por el abogado MIGUEL ÁNGEL PAZ RAMIREZ, como apoderado de la parte demandada Sociedad Mercantil C.N.A. DE "SEGUROS LA PREVISORA", contra la decisión dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en fecha 21 de noviembre de 2011.
SEGUNDO: Se REPONE la causa al estado de que el Juzgado a quo admita nuevamente la demanda a los fines de que se ordene la notificación al Procurador General de la República en la forma establecida por la ley aplicable a la materia y, una vez conste en autos la misma, comenzará a transcurrir el lapso de suspensión legal, vencido el cual y constando en autos la citación de la parte demandada se abrirá el lapso útil para la contestación de la demanda. En consecuencia, queda anulado todo lo actuado en el presente juicio.
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en co.....