En consecuencia: ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:---------------------
PRIMERO: DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano IVÁN ENRIQUE VERA LIZARAZO, venezolano, natural de San Cristóbal, Estado Táchira, nacido el día 28-01-1961, de 47 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.655.668, de profesión u oficio latonero, hijo de Gustavo Vera (f) y Ana Tulia Lizarazo de Vera (v), de estado civil casado, residenciado en la Calle 13, Casa N° 1-44, La Ermita, San Cristóbal, Estado Táchira, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FÍSICA, VIOLENCIA PSICOLÓGICA y AMENAZA, previstos y sancionados en los artículos 17, 20 y 16 respectivamente de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de Esther Ávila de Vera, de conform.....