DECLARA CON LUGAR, el divorcio por ruptura prolongada de la vida en común de los ciudadanos ADDA MAGDALENA HUERFANO HUERFANO y JONHSON ENRIQUE NIÑO GAMEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-9.223.946 y V-9.468.734 respectivamente y ambos con domicilio en el Municipio Capacho Viejo del Estado Táchira, conforme lo dispone el artículo 185-A del Código Civil.
En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial contraído entre ellos mediante acta de matrimonio N° 169, de fecha 24 de septiembre de 1993, por ante el Registro Civil del Municipio Capacho Nuevo del Estado Táchira.