Primero: Declara improcedente la apelación interpuesta por abogada Jaisi Guerrero, en representación de Expresos Flamingo C.A., contra el auto apelado de fecha 03 de abril de 2006, dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira.
Segundo: Condena en costas en la presente incidencia a la demandada Expresos Flamingo C.A., por resultar vencida de conformidad con lo previsto en el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil.