En razón de las consideraciones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: INSTA A LA DEFENSA, a consignar recibos los correspondientes balances personales vigentes a la fecha, y los soportes utilizados por la contadora pública para la elaboración de la certificación de ingresos, tales como recibos de pago o movimientos de las cuentas bancarias correspondientes a los tres últimos meses, a los fines de constatar que las ciudadanas Y. DEL C. L, titular de la cédula de identidad N° V.- y B. DE G. H. DEL C, titular de la cédula de identidad N° V.- ; así mismo, se insta a consignar constancia de residencia de la persona que se va a someter a su cuidado o vigilancia, todo a los fines de dar cumplimiento a la obligación impuesta por éste Trib.....