"...Este Tribunal vista las actuaciones realizadas en la presente solicitud y vista la manifestación de las partes, procede en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley declara la legalidad del documento privado de Compra-venta celebrado por las ciudadanas DINAEL VILLEGAS MORA y LUIS HERNAN MELO QUINTERO venezolanos, solteros, titulares de las cédulas de identidad N° V-23.153,221 y V- 24.819.012, domiciliadas en Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira y civilmente, firmado en fecha 12 de agosto de 2025, pues los solicitantes reconocen como cierto su contenido, en consecuencia se HOMOLOGA la negociación descrita en el mismo. SE DEJA A SALVO DERECHOS DE TERCEROS. Así se decide, siendo las diez horas y treinta minutos de la mañana (10:30 a.m.), del día de hoy martes dieciséis (16) de septiembre de dos mil veinticinco (2025). Se ordena expedir una copia certificada de la totalidad de la presente solicitud para que repose en el archivo de este j.....