Una vez iniciada la Audiencia, discutidos todos y cada uno de los puntos tanto de hecho como de derecho y con el único propósito de poner fin al presente proceso han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente proceso mediante el pago de la suma de dinero que queda a deber al demandante, en la cantidad de DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA DOLARES AMERICANOS (USD 2.370), los cuales serán cancelados en seis cuotas, cada 15 días, a razón de TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS (USD 395) cada cuota, en las siguientes fechas: a) Primera cuota, el día viernes 17/10/2025; b) Segunda cuota, el día lunes 03/11/2025; c) Tercera cuota, el día martes 18/11/2025; d) Cuarta cuota, el día miércoles 03/12/2025; e) Quinta cuota, el día jueves 18/12/2025 y f) la Sexta y última cuota para el día lunes 05/01/2026. Las cuales serán abonadas en Bolívares a la tasa del día del.....