declara SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO ejercido por la abogada en ejercicio ROSALBA VISO FAJARDO, actuando en su carácter de apoderada judicial de los ciudadanos ANTONIO MARTÍNEZ ÁLVAREZ y ANA KARINA CISNEROS RODRÍGUEZ, contra el auto dictado en fecha 27 de enero de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques; y en consecuencia, SE CONFIRMA el aludido auto, a través del cual se negó el recurso de apelación ejercido contra la decisión proferida por el referido juzgado en fecha 27 de julio de 2015.
Dada la naturaleza de la presente decisión no hay expresa condenatoria en costas.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.