Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de "Inserción de Partida de Defunción" realizada por el ciudadano WILLIAM EDUARDO ROSALES CARDONA.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los diecisiete (17) días del mes de febrero de dos mil diecisiete (2017). Año 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
FLOR MARIA AGUILERA ALZURU
JUEZ TEMPORAL
SABINO MANUEL ROSALES MALDONADO
SECRETARIO TEMPORAL