Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud relativa a la ejecución forzosa de las costas del proceso a la parte demandada y así se decide.