DECISION
Por los razonamientos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones, en su única Sala, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE:
PRIMERO: Declara COMPETENTE al Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 5 de este Circuito Judicial Penal, para continuar conociendo de la causa seguida en contra del ciudadano Francisco Antonio Ramírez Guevara, por la presunta comisión de los delitos de amenaza agravada y violencia física, previstos y sancionados en los artículos 41, primer aparte, y 42, segundo aparte, ambos de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana María Auxiliadora Ramírez Guevara, y lesiones leves, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del niño R.A.R.R.
SEGUNDO: ORDENA remitir copia certificada de la presente decisión al Tribunal de Primera Inst.....