Por la motivación que antecede, este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
UNICO: DECLARA IMPROCEDENTE y en consecuencia, NIEGA la medida cautelar solicitada por la querellante Yilmary Andreina Camacho Martínez titular de la cédula de identidad N° V-17.541.942 contra el acto de reubicación emitido por la Zona Educativa Táchira, en fecha 28/09/2015.
Notifíquese lo conducente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de este fallo para el copiador de sentencias.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en fecha 17 de diciembre de 2015. Años: 205° de la Independencia y 156° de la Federación.