PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos Reinaldo Arturo Álvarez Hernández y Emerita Coromoto Urdaneta de Álvarez, en contra de las ciudadanas Ruth Álvarez de Domínguez y Andrea Domínguez Álvarez, por reivindicación. En consecuencia, se ordena a las demandadas hacer entrega a los demandantes del inmueble constituido por una casa para habitación construida sobre terreno ejido, ubicado en la carrera 10, entre calles 9 y 10, signada con los números 9-91 y 9-93, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Norte: Con mejoras que son o fueron de Abdón Rojas, mide 20 metros; Sur: Con Reinaldo A. Álvarez H., mide 20 metros; Este: Con Carrera 10, mide 6,20 metros; y Oeste: Con Mejoras de Reinaldo Arturo Álvarez Hernández, mide 6,90 metros, conforme a la constancia CE/C/360-05, expedida el 22 de septiembre de 2005, por la Dirección de Infraestructura, División de Catastro, Coordinac.....