este JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBNRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia conciliatoria y se le imparte carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se obliga por concepto de RESPONSABILIDAD CON EL NEONATO la suma de SETENTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 75.00) QUINCENALES, que serán depositados en una Cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin en la Entidad Bancaria BANFOANDES.
SEGUNDO: el padre JOSE ANIBAL PARADA MIRANDA, se compromete a colaborar con los siguientes gastos: ropa, teteros, pañales, cuna, sabanas, cobijas entre otros gastos para que el niño nazca en condiciones o nivel de vida adecuado y se compromete junto con la mad.....