PRIMERO: SE CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión del imputado MENDEZ SALAS JOSE LUBIN, Venezolano, con cédula de Identidad N° V- 5.347.581, de 49 años de edad, nacido en fecha 29-11-1961, de profesión agricultor, residenciado sabana grande, calle principal, casa azul claro, al lado del mercal al lado de la estación de servicio, estado Táchira, 0277-3111167, a quien el Ministerio Público le atribuye la presunta comisión del delito de AMENAZAS previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de ISABEL VALENCIA, por encontrarse llenos los extremos del artículo 93 de la Ley Especial.
SEGUNDO: Por ser una facultad de la Fiscalía Ministerio Público, se ordena la prosecución del proceso por los trámites del PROCEDIMIENTO ESPECIAL, de conformidad con el artículo 94 de la ley especial que rige la materia, ordenándose la remisión de las actuaciones a la Fiscalía Vigésima séptima del Ministerio.....