PRIMERO: SE ADMITE EL RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD presentado por el ciudadano ANTONIO JOSÉ MARQUINA BERTHÉ, en su carácter de Presidente y representante legal de la Empresa "AGROPECUARIA LUMAR", CUANTO HA LUGAR EN DERECHO y acuerda sustanciarlo de conformidad con lo previsto en los artículos 163, 169 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: SE ORDENA la notificación del:
1. Instituto Nacional de Tierras (INTI), en la persona de su Presidente mediante oficio junto con copia certificada del escrito contentivo del recurso y del presente auto.
2. Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela, mediante oficio con copia certificada del libelo de demanda, del presente auto y copia fotostática de los recaudos presentados por los recurrentes.
3. Líbrese Cartel de Notificación a cualquier persona que pudiera tener intereses personales legítimos y directos en el presente juicio. Dicho Cartel deberá ser publicado en el Diario "La .....