este JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTOIDAD DE LA LEY HOMOLOGA los puntos acordados por las partes de la audiencia Conciliatoria y se le imparte fuerza ejecutiva de conformidad con el articulo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en consecuencia queda establecido:
PRIMERO: Se fija por concepto de OBLIGACION DE MANUTENCION la suma de CINCUENTA BOLIVARES (BS. 50,00) SEMANALES, para un tota de DOSCIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs.200,00), que serán depositados en una cuenta de ahorros que el Tribunal acordará abrir para tal fin, en la Entidad Bancaria Banfoandes.
SEGUNDO: Se autoriza al obligado a realizar los primeros depósitos en la cuenta de ahorro personal de la ciudadana: DAMARIS CAROLINA CONTRERAS N° 0007-0047-90-0010071452 de Banfoandes, hasta tanto se realicen los tramites respectivos para la apertura de la cuent.....