DISPOSITIVO
En consecuencia por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO OCHO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público en contra del imputado LUIS ALFREDO RAMÍREZ GUERRERO, quien es de nacionalidad venezolana, nacido el 26/04/1992, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad V- 20.716.039, soltero, de ocupación obrero, hijo de Irma Guerrero (V) y Saúl Ramírez (V), actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Occidente; por la comisión del delito de ROBO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal en concordancia con el artículo 80 eiusdem, en perjuicio de Salas Rosa Margarita.
SEGUNDO: Se admiten totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, especifica.....