Por la motivación que antecede este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Sin Lugar, la demanda de contenido patrimonial interpuesta por el Instituto Autónomo de Vialidad del estado Táchira, representada por el abogado José del Carmen Ortega Cárdenas, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 82.952, contra la empresa PROYECTOS EMPRESARIALES DE VENEZUELA C.A. (PROEMVECA).
SEGUNDO: Se declara sin lugar, la petición de la parte demandante que se condene a la empresa PROYECTOS EMPRESARIALES DE VENEZUELA C.A. (PROEMVECA), a pagar la cantidad de OCHENTA Y DOS MIL CUARENTA Y CINCO BOLÍVARES CON 62/100 (Bs.- 82.045,62).
TERCERO: Improcedente el reintegro de las cantidades demandadas: a) Bs. 15.986,36 por partida doble, y b) Bs. 66.049,26 por concepto de reconsideració.....