PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación que ejerciera el abogado GERARDO ANTONIO VIVAS CHACÓN en fecha 9 de junio de 2010, contra la sentencia dictada en fecha 27 de abril de 2010 por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
SEGUNDO: Se declara LA FALTA DE CUALIDAD de la parte demandante ciudadano ANGEL IVAN GONZALEZ GARCIA para mantener y sostener el presente juicio. En consecuencia, se declara INADMISIBLE la demanda que por Cumplimiento de Obligación incoara el ciudadano ANGEL IVAN GONZALEZ GARCIA contra la ciudadana CARIN CENCI ENTRALGO.
TERCERO: Se condena a la parte actora de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil por haber resultado totalmente vencida.
Queda REVOCADA la sentencia apelada.
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 2.301, regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil y NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
Dada, firm.....