DISPOSITIVA
A la luz de los razonamientos previamente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
Primero: Declara admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2025-000133, interpuesto en fecha seis (06) de junio del año 2025 –según sello húmedo estampado por alguacilazgo- por la Abogada Ángela M. Ramírez, actuando con el carácter de Fiscal Auxiliar Provisorio se la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, contra la decisión dictada en fecha veinticuatro (24) de mayo del año 2025 y publicada en misma fecha, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Táchira.
Segundo: Se acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión plante.....