De acuerdo a las consideraciones expuestas este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL DIVORCIO por MUTUO CONSENTIMIENTO, con fundamento en Sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el N° 693, de fecha 02 de junio de 2015, expediente N° 12-1163, con carácter vinculante. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos entre los ciudadanos BARBARA ROXANA DAZA SILVA Y ANDRES EDUARDO TUDARES BERRIO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titular de las cédulas de Identidad Nros. V-29.887.357 y V-19.704.008, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Andrés Bello del Estado Táchira en fecha 04 DE MARZO DE 2016, tal como consta en el Acta de Matrimonio.....