este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR La CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de SEPARACION DE CUERPOS Y BIENES, presentada por los ciudadanos : THAMARA JAEL ESCALONA PIÑANGO Y FRANCISCO JOSE LEOPARDI, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.256.026 y V-15.118.410 respectivamente, y en consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIÓ, en virtud del matrimonio por ellos celebrado fecha 09 de octubre del año 2014, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio de San Juan de los Morros del Municipio Germán Roscio del estado Guárico, tal como se evidencia del Acta de matrimonio Nº 395 de los Libros de Matrimonio Civil llevados por la referida oficina para ese año, cuya copia certificada cursa en autos al folio 05 y 07 y su vuelto .....