Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior Estadal en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente:
Primero: SE DECLARA CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por la ciudadana ANDREA SABA CORTES DUQUE, contra la Contraloría del Municipio San Cristóbal del estado Táchira.
Segundo: Se ordena a la Contraloría del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, el pago a la ciudadana ANDREA SABA CORTES DUQUE, de los siguientes conceptos:
Las prestaciones sociales, que deben ser calculadas con el último salario integral devengado por la trabajadora al finalizar la relación laboral, cuyo lapso para el cálculo abarca desde el 01/04/1998 hasta el 15/11/2016 ambas fechas inclusive.
Las vacaciones fraccionadas, cuyo lapso para el cálculo comprende desde el 01/04/2016 hasta el 15/11/2016 ambas fechas inclusive, es d.....