Este Tribunal Primero de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de reposición de la causa solicitada por la parte oferida en fecha 01-12-2023.
SEGUNDO: SE DECLARA DEBIDAMENTE VERIFICADO EL DEPOSITO de la cantidad de dinero consignada por la parte oferente en la cuenta bancaria del cual este Juzgado es el Titular, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 823 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: LA NULIDAD de lo actuado a partir del 22 de Noviembre de 2023 (específicamente folios 23 y siguientes inclusive, diario asiento N° 07), conforme a lo previsto en los artículos 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, trayendo como consecuencia, la reposic.....