Por todos los fundamentos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA, interpuesta por la ciudadana ARELLANO RODRIGUEZ MARLON MOISES, titular de la cedula de identidad Nº V-17.057.469, residenciado en prolongación quinta avenida residencias Grenco torre A piso 11 apartamento 114 San Cristóbal estado Táchira.