ÚNICO: Se declara DESISTIDA la apelación interpuesta por el abogado EDUARDO ALBERTO RAMÍREZ GUEVARA, en fecha 15 de enero de 2009, contra la decisión dictada el 11 de noviembre de 2008 por la Jueza Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Táchira.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Publíquese esta decisión en el expediente Nº 1974, y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Protección del Niño y del Adolescente, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal, a los veinte (20) días del mes de marzo del año dos mil nueve. Años 198º de la Independencia y 150º de la Federación.-