En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, impartiendo justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Confirma el contenido de la decisión numero 040/2017 de fecha 14/02/2017, recaída en el presente cuaderno separado.
SEGUNDO: Procedente la medida cautelar solicitada por el ciudadano Luis Alfredo Torres Mora, de ciudadania colombiana titular de la cédula de identidad N° 88.143.200, asistido por el abogado Erick José de Jesús Lemus Angarita, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 122.768, contra acta N° 34 de fecha 15/09/2016 emanado del Consejo Directivo del Post-Grado de Puericultura y Pediatría de la Universidad de los Andes-Hospital Central de San Cristóbal del estado Táchira.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente sentencia en el índice .....