Visto el escrito de fecha 20 de marzo de 2017, suscrito por el ciudadano LEON ALFONSO SILVA CARDENAS, contentivo de consignación de fotografías tomadas en la Inspección Judicial realizada por este Tribunal en fecha 16 de marzo de 2017; y así mismo, por cuanto, de la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se evidencia que no hay actuaciones pendientes por providenciar; en tal virtud, se acuerda devolver la misma a la solicitante y dejar en su lugar copia certificada de la totalidad de las actas que conforman la presente solicitud para el archivo de este Tribunal, a costas del mismo, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, cúmplase.