Ahora bien, como quiera que de Autos se desprende que en el presente Juicio, desde el día 13 de agosto de 2009,, no se ha dado impulso procesal al mismo, por lo cual y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los Artículos antes señalados, este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso por oferta real de pago presentada por la Sociedad Mercantil CAFEA C.A., presentada por su apoderado, ciudadano KLAUS MARGET KOTTSIEPER, titular de la cédula de identidad Nro.V-5.664.357, inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el N°. 28.308
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabaj.....