En fuerza de lo anterior, este JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando en orden a REGULAR LA COMPETENCIA peticionada, DECIDE:
ÚNICO: SE DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER, TRAMITAR Y DECIDIR la presente causa al JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE Y MUNICIPIO ARISMENDI DEL ESTADO BARINAS.
De conformidad a lo establecido en el artículo 75 del Código de Procedimiento Civil, remítase con oficio el presente expediente al Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a fin de que lo agregue a la causa principal y lo remita al tribunal declarado competente.
Publíquese esta sentencia en el expediente N° 3.582 y regístrese conforme a los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada .....