PRIMERO: la Ejecución de la Sentencia Condenatoria dictada en fecha 01-10-08, por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en contra del penado: GUTIERREZ MACIAS JHONNY ALBERTO, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 13.846.827, a cumplir la pena de: CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, por ser autor responsable del delito de: ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, así como también fue condenado a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, quedando en consecuencia DEFINITIVAMENTE FIRME a tenor de lo pautado en el artículo 178 del Código Orgánico Procesal Penal.