"...Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Panamericano, Samuel Darío Maldonado y Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por Autoridad de la Ley, y conforme con lo establecido en los Artículos 255 y 788 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 175 del Código Civil, DECLARA: LA HOMOLOGACIÓN DEL ESCRITO DE PARTICIÓN Y LIQUIDACIÓN AMISTOSA DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONCUBINARIA suscrito por los ciudadanos RICHAR VIVAS MORA y MARIA ISABEL LUNA DUARTE, venezolanos, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-13.940.551 y V-11.972.945, en su orden respectivo, domiciliados Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira, en consecuencia, disuelta la comunidad ordinaria en los mismos términos convenido por las partes en el escrito de la solicitud. Se ordena expedir copia de la presente .....