En este escenario procesal sobre las motivaciones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Independencia y Libertad de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias para asegurarle a los ciudadanos CARMEN BEATRIZ MORA DE MALDONADO; JAKSSON GIOVANNY MALDONADO MORA y JHOAN MIGUEL MALDONADO MORA, venezolanos, mayores de edad, titulares en su orden de la cédula de identidad No.V-4.630.990; No.V-13.148.528 y No.V-16.230.129, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus MIGUEL YOVANY MALDONADO AVENDAÑO, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No.V-4.635.753, docente, fallecido en fecha 19 de octubre de 2022 en Cúcuta, Norte de Santander, República de Colombia; esposo de la primera y padre de los dos .....