No obstante lo expuesto, llama fuertemente la atención el escrito en análisis por cuanto el mismo encuentra su fundamento en que la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, "se ha negado a ordenar la publicación en Gaceta Oficial del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, de la mencionada decisión N° 148/2013...", pues es un hecho público y notorio que el 14 de agosto de 2013, la Alcaldía del Municipio San Cristóbal del estado Táchira, emitió Gaceta Municipal Extraordinaria N° 094, público el texto integro de la Sentencia Interlocutoria N° 148/2013, cumpliendo así el ente territorial en cuestión con el mandato de la tantas veces mencionada Sentencia N° 148/2013.
Así las cosas, este Órgano Jurisdiccional, insta al diligenciante revisar la realidad de los hechos antes de movilizar el aparato Judicial, pues los requerimientos temerarios acarrean las respectivas sanciones administrativas previstas en el Código de Ética del Abogado y el resto del ordenamiento jurí.....