Primero: DECLARA al acusado JOSÉ GREGORIO ANDRADE CONTRERAS, de Nacionalidad: Venezolana; Natural de: Coloncito, Estado Táchira. Fecha de Nacimiento: la desconoce, Edad: 39 años; Titular de la Cédula de Identidad N- V. 8.096.600; Profesión u oficio: Obrero, Estado Civil: Soltero; Domiciliado en: Pozo Redondo, fina Puerto Lima, vía Norte Sur, Coloncito, Estado Táchira, INIMPUTABLE, por lo que se le impone como medida de seguridad el internamiento en la Fundación Cristiana Anti Droga del Caserío Pedraza, Aldea Agua Linda, Vía Chorro del Indio, de esta ciudad, lugar éste en donde debe aplicársele el tratamiento especializado con fines terapéuticos a fin de reincorporarlo al medio social habitual, correspondiendo al Juez de Primera Instancia en Función de Ejecución de Penas y medidas de Seguridad, la aplicación, determinación, control, ejecución y revisión de la necesidad del mantenimiento de la misma, a tenor de lo pautado en los artículos 513, 514 y 515 del Código Orgánico Procesal P.....