Declara: PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de Revisión interpuesto por la Profesional del derecho MIREYA LOZADA OSORIO, Defensora Público Penal Primera adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal del Estado Miranda, en su carácter de Defensora del penado MENDOZA TIRADO MANUEL ENRIQUE; SEGUNDO: SE RECTIFICA EL DISPOSITIVO DE LA SENTENCIA impuesta al ciudadano ut supra mencionado; con fundamento en los artículos 24 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; el artículo 2 del Código Penal Venezolano Vigente, quedando en definitiva la pena a cumplir en DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN; por ser responsable el acusado MENDOZA TIRADO MANUEL ENRIQUE, de la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° del Código Penal Vigente.