En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADO PREVENTIVAMENTE la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y UN BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 356.081,00), existente en la cuenta antes descrita, en consecuencia se declara su DESPOSESIÓN JURIDICA conforme a lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y se ordena a la Notificada emitir el correspondiente cheque de gerencia por el monto aquí embargado a nombre del ciudadano DAZA SILVA JULIO EUDORO, previa las deducciones legales correspondientes por comisión de emisión de cheque de gerencia que serán cargados a la misma cuenta; en este estado la notificada hizo entrega a este Tribunal del cheque de Gerencia Nº 00164777, contra la cuenta corriente Nº 01080018820100006942, perteneciente a la demandada SOCIEDAD MERCANTIL SANOFI AVENTIS DE VENEZUELA, S.A., por el monto de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL OCHENTA Y UN BOLIVARES CON CERO CENTIMOS (Bs. 356.081,00), en tal sentido este Tribunal ordena ap.....