CAPÍTULO III
DISPOSITIVA
Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de los ciudadanos JOELIE CAROLINA RODRIGUEZ GOMEZ y LUIS ALFREDO MARTINEZ CARRANZA, antes identificados,y con las consideraciones de Hecho y de Derecho, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 3 de la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18 de marzo de 2009, DECLARA: CON LUGAR, la Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a favor de los ciudadanos: JOSE EULISER DUARTE GARCIA, KARLA MARIA DUARTE GONZALEZ, KARINA DANIELA DUARTE GONZALEZ Y WUENDY YURIBETH DUARTE ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V-16.777.858, V-26.497.500, V-29.768.826 y V-15.100.228, respectivamente,delde Cujus CARLOS ENRIQUE DUARTE, quien era venezolano y titula.....