declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada abogado Jhon Alexander Cortes Bonilla, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 158.301, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 22 de septiembre de 2025, proferido por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto de fecha 22 de septiembre de 2025, proferido por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira. TERCERO: SE ORDENA la remisión del presente cuaderno separado al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, a los fines legales consiguientes. CUARTO: SE CONDENA en consta a la par.....