Vistas y analizadas las anteriores diligencias este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara suficientes los recaudos
consignados con la presente solicitud, para asegurarle a los ciudadanos ANA JULIA GUIO DE MANRIQUE, MARIANA ESTHER MANRIQUE GUIO, EGLET BIBIANA MANRIQUE GUIO DE DUARTE, ADOLFO ARELI MANRIQUE GUIO y RAMON ANTONIO MANRIQUE GUIO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N°s. V-3.076.693, V-5.684.591, V-9.233.973, V-5.654.228 y V-12.228.788, respectivamente, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus RAMON ANTONIO MANRIQUE MORALES, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.548.082, fallecido el día 28 de marzo de 2015, según acta de defunción N° 621, de fecha 2.....